El complemento de Ayuda para la Infancia forma parte del Ingreso Mínimo Vital (IMV), aunque se puede conceder de forma independiente. Tienen derecho al reconocimiento de este complemento las unidades de convivencia que incluyan menores de edad entre sus miembros, cumplan todos los requisitos necesarios para la concesión del Ingreso Mínimo Vital, así como los establecidos respecto de los límites máximos sobre ingresos computables, patrimonio neto y test de activos para el complemento de Ayuda para la Infancia
https://revista.seg-social.es/-/gu%C3%ADa-sobre-el-nuevo-complemento-a-la-infancia-del-imv